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mayo  3, 2024

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Contaminación por Hidrocarburos. Comparación de los Convenios CLC-Fondo y Opa 90

Por Mariano G. Fandiño Sassano


"La contaminación marítima preocupa a la comunidad internacional en general y en particular la generada por vertimiento de hidrocarburos, ya que espanta especialmente a la opinión pública no sólo por los daños que causa, sino también por la magnitud de aquellos, como bien lo reproducen los medios de comunicación. Si bien la mayor parte de contaminación al mar proviene de fuente terrestre, tal como lo afirma el Doctor Cappagli, los Estados han propuesto un sistema para mitigar, compensar y reparar en lo posible los daños a través del Convenio Internacional sobre responsabilidad civil nacida por daños causados por la contaminación de las aguas del mar por hidrocarburos (de 1969, más conocido como Convenio sobre Responsabilidad Civil) y del Protocolo de 1992 del Convenio internacional sobre la constitución de un fondo internacional de indemnización de daños debidos a contaminación por hidrocarburos (de 1992, popularizado como “Convenio de Fondo de 1992”). No obstante, su aplicación no es universal ya que los Estados Unidos aplican su propio sistema. El objetivo de este artículo es realizar una sencilla comparación, a fin de que el lector pueda diferenciar preliminarmente las características del sistema de responsabilidad civil (CLC 1969) y el Fondo, de 1992.

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Términos mencionados en esta doctrina: contaminación, hidrocarburos, internacional, convenio, responsabilidad.

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